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Señales
Obligatorias

Imponen al observador la ejecución de una acción determinada a partir del lugar en donde se encuentra la señal y en el momento de visualizarla.
Indican las protecciones obligatorias y necesarias que deben llevar los trabajadores para evitar riesgos en las instalaciones y al llevar a cabo sus tareas. Es importante colocarlos de forma visible, justo a la entrada de las instalaciones o en la maquina o material con el que se vaya a trabajar.

Características

Son señales en forma de panel, o o señales luminosas, que obligan a un comportamiento determinado. Las señales de obligatorias tienen forma redonda y presentan un pictograma blanco sobre fondo azul (el azul deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal). Pueden ir acompañadas de una leyenda en su parte inferior que aclare el mensaje que se trata de comunicar, por ejemplo:

* El uso obligatorio de dispositivos de seguridad en maquinarias, equipos o actividades de trabajo.

* El uso obligatorio de equipo de protección personal para poder realizar un trabajo o actividad.

En la señal debe mostrarse la figura humana utilizando el equipo o dispositivo, o bien mostrar el equipo y dispositivo por medio de figuras comprensibles para la generalidad de las personas.

Las señales de obligación se deben ubicar en el lugar donde haya de
llevarse a cabo la actividad señalada.

Cumplimos con las normas de la S.T.P.S.: NOM-001-STPS-2008: Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo – Condiciones de seguridad.

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