El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), se puso en marcha en 2021, con el objetivo de combatir el outsourcing

STPS presenta proyecto para modificar el REPSE en 2023, se ha dado a conocer luego de que la propuesta fuera publicada en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), agencia del gobierno federal encargada de impulsar la política de mejora regulatoria en el país, donde se publicó para consulta pública el 10 de noviembre de este año.

El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), es una figura que era utilizada para no registrar a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social, por lo tanto, no cotizaban sus semanas y no tenían derecho a otras prestaciones.

¿Cuáles son las principales modificaciones para 2023?

De acuerdo con el documento publicado en la CONAMER, estas adecuaciones se plantean para una mejor «eficacia en el desarrollo de acciones de vigilancia y promoción del cumplimiento de la normatividad laboral que regula la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas»; entre las modificaciones que se plantean están:

  • Se solicitará el último comprobante de nómina en formato PDF y el último comprobante del Sistema único de Determinación (SUA), emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
  • Se podrá solicitar información adicional, por parte de la STPS, para comprobar la información registrada.
  • Se adiciona el Capítulo III bis, en donde se faculta a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo para vigilar y promover el cumplimiento de las disposiciones en materia de subcontratación en todos los Centros de Trabajo que estén inscritos ante el REPSE.
  • Los Inspectores Federales del Trabajo tendrán la posibilidad de solicitar información y documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo relacionadas con la materia del subcontratación.
  • Se tendrán que verificar las condiciones reales del Centro de Trabajo, que las actividades se realicen no formen parte de Objeto Social, revisar que los trabajadores estén debidamente indentificádos y que cuenten con los contratos correspondientes al servicio que presten.
  • Se podrá negar el registro si se ve que no se cumple con la Ley Federal del Trabajo.
  • Los registrados podrán darse de baja o realizar modificaciones al listado de actividades, siempre que formen parte del Objeto Social o de la Constancia de Situación Fiscal.

Las personas que deseen ingresar al REPSE, lo podrán hacer por medio de este enlace, asegurándose de cumplir con los lineamientos que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social solicita; derivado de esta acción, las autoridades reportaron que unos 2.7 millones de trabajadores reciben por primera vez utilidades.

Artículo extraído de: https://www.mitrabajo.news

Escrito por: Aline Ruz Sosa

Enlace del artículo original: https://bit.ly/3U10hll