La STPS impondrá multas de 518 mil pesos a empresas que violenten los derechos de licencia de maternidad y paternidad, guarderías y horarios flexibles para cuidado de hijos
Las empresas que violen los derechos de maternidad y paternidad laboral serán castigadas con multas de más de medio millón de pesos, establece la normatividad vigente en México.
Alejandra Massud, socia del despacho GLZ Abogados, explicó a Publimetro que la Secretaría del Trabajo está facultada para sancionar a las compañías que no ofrezcan condiciones y políticas de bienestar.
Entre dichas obligaciones, las organizaciones deben respetar las licencias de maternidad y paternidad de sus colaboradores y ofrecer salas de lactancia, estancias infantiles, desconexión digital y horarios flexibles para que los padres cuiden a sus hijos pequeños.
La también especialista en Derecho Laboral señaló que tales derechos son parte del concepto conciliación familiar-laboral; cuyo objetivo que garantizar el desarrollo de los trabajadores sin que el cuidado de sus hijos sea un obstáculo.
Fundamento legal de la conciliación laboral
Para explicar a detalle los fundamentos legales de la conciliación familiar y laboral, explicar cómo operan las sanciones y dónde se puede denunciar a las empresas que no respeten los derechos de maternidad y paternidad, Alejandra Massud respondió:
1. ¿Las leyes y normas laborales en México consideran a la conciliación familiar y laboral como un derecho?
– La Ley Federal del Trabajo (LFT) no establece una imposición directa a los patrones o derecho para los trabajadores respecto de la conciliación familiar-laboral.
El Artículo 3° reconoce que el trabajo es un derecho y un deber social, que debe efectuarse “en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes”.
Sin embargo, el Artículo 132 fracción XVII de la LFT obliga a los patrones a cumplir las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; y una que se encarga de poner en la mesa la conciliación familiar-laborales la NOM 035 en materia de factores de riesgo psicosocial.
2. ¿Se puede solicitar, por la vía legal, que los empleadores cumplan con la conciliación familiar y laboral?
– Los trabajadores pueden presentar una queja o denuncia de su empresa o patrón ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), para que sea practicada una inspección y verificar si el empleador cumple con los requerimientos de la NOM 035, que contempla lo dicho de la conciliación familiar-laboral.
3. ¿Las empresas pueden ser sancionadas o multadas?
– Una vez evaluada las condiciones de trabajo, y en medida de las violaciones encontradas en el centro de trabajo, así como el número de trabajadores afectados, la STPS está facultada para imponer una multa de 250 a 5000 UMAS, equivalentes a entre 25 mil 935 y 518 mil 700 pesos, al patrón que no observe las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.
Artículo extraído de: https://www.publimetro.com.mx
Escrito por: Mario Mendoza Rojas
Enlace del artículo original: https://bit.ly/3MQtQGd
Ilustración: Mohamed Hassan / PIXABAY