Almendra Ríos Mora, docente investigadora del área de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la UAQ, refirió que el salario emocional atiende a la salud física y mental de los trabajadores

Para que se garantice el salario emocional en el estado es necesaria una inspección efectiva y que se implementen las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de manera real y no en “simulación y en papel”, subrayó Almendra Ríos Mora, docente investigadora del área de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ).

Rankmi, plataforma para la gestión de capital humano, reportó que en México, según datos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), existe una prevalencia de ‘burnout’ en más del 40 por ciento de quienes desempeñan labores de oficina, mientras que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señala que el 75 por ciento de los trabajadores registrados padece o ha padecido de estrés laboral.

La especialista, miembro actual de la Academia Mexicana de Derecho del Trabajo y Previsión Social, refirió que la salud mental es un tema laboral en México al que apenas se empieza a apostar, pues señaló que no existe un seguimiento “acertado” de la aplicación de la NOM 035, debido a que para la Secretaría del Trabajo y Previsión Social es “complejo” intervenir en la totalidad de los centros de trabajo ante el número de inspectores con los que cuenta para ello en sus delegaciones estatales.

“Creo que en Querétaro el beneficio que podemos tener es que la mayoría de las empresas en las que tenemos volúmenes de trabajadores mayores, que es en donde se podrían incrementar estos riesgos psicosociales en ciertas actividades, cumplen con regulaciones nacionales e internacionales; no obstante, las cifras nos muestran siempre resultados a nivel nacional que pudieran ser preocupantes”, dijo.

En este sentido, refirió que el salario emocional se dirige a la salud física y mental de los trabajadores y son incentivos extras al salario y prestaciones sociales previstas en ley que posibilitan que los colaboradores se desempeñen en un entorno de bienestar real en el que, más allá de la dependencia económica, generen sentimientos de apego hacia un grupo, una empresa o patrón.

Recordó que el artículo dos de la “Ley federal del trabajo” señala que, en México, cada uno de los trabajos que se ofrezcan deberá ser digno o decente, es decir, que debe respetar de manera plena la dignidad humana y otros aspectos, como la seguridad social, el salario remunerado, la capacitación, la seguridad e higiene, y otros elementos que tienen que ver con complementar la salud emocional.

“Creo que puede haber patrones que ofrezcan un ambiente muy sano, tratando a su vez de ofrecer un salario bajo, pero entonces automáticamente el salario emocional sería un salario simulado. El primer paso para que un salario emocional sea real es que el económico esté dentro de los establecido por ley como digno y que concuerde con el desgaste físico, emocional del trabajador con las actividades que realiza”, afirmó.

Sobre el ‘burnout’ o síndrome “del quemado”, indicó que se genera por altas cargas de trabajo que recibe el trabajador con bajos soportes emocionales y que derivan en el desgaste laboral o profesional del colaborador.

“Creo que el reto de la Secretaría del Trabajo es muy grande, las delegaciones en cada estado, aquí en Querétaro, por ejemplo, con su departamento de Inspección, están encargadas de verificar estos aspectos laborales de manera integral y el cumplimiento de todas las normas, incluida la NOM 035; la secretaría hace lo que puede con lo que tiene, son pocos los inspectores para todos los centros de trabajo que existen. Estas áreas son de inspección federal; no obstante, a veces los estados coadyuvan a través de sus inspecciones estatales”, apuntó.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social señala que la NOM 035 tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

De acuerdo con el campo de aplicación, la NOM 035 rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo; sin embargo, las disposiciones de esta norma aplican con base en el número de trabajadores que labora en el centro de trabajo.

Ríos Mora enfatizó que hacen falta concientización, mesas de diálogo y un trabajo colaborativo entre los sectores públicos, privados y sociales en la entidad para el cumplimiento del “salario emocional”.

Precisó que muchos patrones no consideran incentivos que favorezcan el bienestar físico y mental de sus colaboradores, porque asumen que tal vez pudiera perderse el control de la organización al flexibilizar de más las relaciones con sus trabajadores a través de este salario emocional.

Asimismo resaltó que para que las normas oficiales no se queden “en papel” es importante que los agentes locales (abogados, asesores legales, contadores, administradores y áreas de recursos humanos) generen de manera diaria cambios al interior de los centros de trabajo.

“Hay muchas empresas que en Querétaro están trabajando con salario emocional, a lo mejor no todos los aspectos, sino algunos que son un pequeño extra. Hace falta mucha divulgación, hay patrones que sin problema implementarían pequeños cambios para ir creando este salario emocional en los centros de trabajo, pero tal vez falta dirección, falta una guía que le haga saber a ese patrón que eso no implica poner en riesgo a la organización”, aseveró.

Artículo extraído de: https://www.codigoqro.mx

Escrito por: Mónica Gordillo

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Ilustración / fotografía: Mohamed Hassan / PIXABAY