Una de las dudas más frecuentes que los trabajadores tienen en relación a las vacaciones es si, de acuerdo a la LFT, las pueden cambiar por dinero

Las vacaciones son, sin duda alguna, uno de los derechos laborales fundamentales de las personas trabajadoras del sector formal mexicano, y de los más protegidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que es normal que se tengan diferentes dudas al respecto.

Y una de las preguntas más frecuentes que se hacen los trabajadores del sector formal mexicano en relación a las vacaciones es si pueden intercambiar los días que les tocan, de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), por dinero o algún otro incentivo económico.

No obstante, de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), más particularmente en el artículo 79 de la misma, las empresas y empleadores de ningún modo pueden compensar con ningún tipo de remuneración las vacaciones a las que los trabajadores tienen derecho.

«Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcional al tiempo de servicios prestados», se establece en el referido artículo de la LFT.

No obstante, cabe tener en cuenta que el artículo de la LFT señala que, en el caso de los trabajadores que ya no cuentan con una relación laboral con la empresa o el patrón, estos sí deberán recibir una remuneración económica por los días de vacaciones que se les quedaron a deber.

¿A cuántos días de vacaciones tienen derecho los rabajadores por años trabajados?

Cabe mencionar que, tras la reforma en materia de vacaciones aprobada en el Congreso de la Unión en 2022, los trabajadores del sector formal mexicano tiene acceso a más días tras cumplir un año laborando, pasando de 6 a 12.

En este sentido, al nueva tabla de días de vacaciones, respaldada por la Ley Federal del Trabajo (LFT), quedó de la siguiente manera:

  • Año 1: 12 días
  • Año 2: 14 días
  • Año 3: 16 días
  • Año 4: 18 días
  • Año 5: 20 días
  • De 6 a 10 años: 22 días
  • De 11 a 15 años: 24 días
  • De 16 a 20 años: 26 días
  • De 21 a 25 años: 28 días
  • De 26 a 30 años: 30 días

Artículo extraído de: https://www.debate.com.mx

Escrito por: Cristian Herrera

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Ilustración: Freepik