La dependencia encabezada por Luisa María Alcalde emitirá lineamientos de operación para el Programa de Capacitación a Distancia y el Programa de Formación Agentes Multiplicadores.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitirá lineamientos de operación para fortalecer su sistema gratuito de entrenamiento para personas trabajadoras a través de los programas de Capacitación a Distancia (Procadist) y de Formación de Agentes Capacitadores (FAM).
Ambos programas tienen como objetivo fomentar el trabajo digno mediante la capacitación de los trabajadores, priorizando el entrenamiento de la fuerza laboral de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) con distintos modelos de formación.
“Resulta necesario actualizar y ampliar la especificación de las formalidades a cumplir, con el propósito de dar certeza y eficacia en el otorgamiento del servicio y con ello fortalecer la adecuada gestión administrativa”, afirma Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo y Previsión Social, en el proyecto elaborado por la dependencia a su cargo.
El Procadist y el FAM son mecanismos que ya están en operación, pero la dependencia plantea darles mayor certeza, estableciendo con claridad sus objetivos, requisitos, mecanismos de evaluación y obligaciones de los usuarios.
Los proyectos de los lineamientos se encuentran en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria para su evaluación y contemplan un procedimiento de quejas contra servidores públicos involucrados en estos programas.
Entre los nuevo lineamientos destaca:
Programa de Capacitación a Distancia para Trabajadores
El Programa de Capacitación a Distancia para Trabajadores (Procadist) es un servicio gratuito de formación con cursos disponibles en una plataforma a la que pueden acceder todas las personas desde cualquier dispositivo electrónico.
El objetivo del programa es proporcionar a las personas trabajadoras un modelo de formación con el que puedan planear su aprendizaje con base en su tiempo disponible. Además, facilitarle a las mipymes la capacitación de su capital humano, con el fin de cumplir con sus obligaciones patronales establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
El registro es personal y no está permitido que una persona realice inscripciones masivas. Estos son los requisitos:
- Contar con una cuenta de correo electrónico personal
- Contar con CURP
- Contar con un equipo de cómputo de escritorio o móvil con acceso a Internet
- Llenar la cédula de registro que se encuentra disponible en la plataforma
- Responder el cuestionario que le llegará a la dirección de correo electrónico que indique en la cédula de registro.
Registro. Este trámite se realiza sólo una vez y al concluirlo a la persona se le asigna una cuenta activa. Hay que tomar en cuenta que la CURP registrada queda bloqueada para que no se pueda usar en otro registro.
La cuenta servirá para inscribirse al curso de preferencia, no hay límite para tomar una ruta de aprendizaje, pero Procadist sólo permite tomar un curso a la vez.
Acreditación. Para acreditar un curso, el usuario debe obtener una calificación mínima de 8, terminarlo dentro del tiempo límite y responder una encuesta de satisfacción. Al cumplir estos tres criterios, se emitirá una constancia de participación.
En caso de no aprobar el curso, el programa permite que los trabajadores se inscriban hasta dos veces adicionales para acreditarlo.
Obligaciones del usuario:
- Leer con detenimiento la guía del usuario que se encuentra en la página principal de la plataforma. Es responsabilidad exclusiva del usuario conocer los pasos para su participación en el programa.
- Verificar que los datos que incluya en la cédula de registro, al momento de su inscripción, sean correctos y estén completos. Dichos datos se procesan de manera automática para la expedición de las constancias de participación. Una vez que la constancia es expedida, no se podrán realizar modificaciones a la misma.
- Proporcionar una cuenta de correo válida, vigente y que la o el usuario revise de manera periódica, ya que se enviará información importante por este medio.
- Consultar diariamente el correo electrónico registrado para conocer los avisos que se envían a través de ese medio, mientras se esté inscrito en algún curso.
- Contactar por correo electrónico al personal del programa en la dirección procadist@stps.gob.mx, cuando la inquietud no esté resuelta en la guía del usuario o en los avisos publicados en la página principal de la plataforma.
- Abstenerse de solicitar información particular. El Programa no está obligado a emitir documentos, enviar calificaciones, modificar constancias o expedir aclaraciones a terceros para ningún usuario. El único documento que expide el programa es la constancia de participación que se obtiene al cumplir los requisitos.
Formación de Agentes Multiplicadores
El Programa de Formación de Agentes Multiplicadores (FAM) funciona como una cadena de favores. Se forman trabajadores como agentes capacitadores internos; es decir, personal de una propia empresa que brinda capacitación a sus compañeros, estos se encargan, como su nombre lo indica, de multiplicar el entrenamiento en los centros de trabajo donde laboran.
La STPS lo describe como un “apoyo técnico-metodológico, gratuito, que tiene como finalidad que las personas formadas como agentes capacitadores internos generen un efecto multiplicador de la capacitación en los centros de trabajo donde laboran, en función de las necesidades de sus compañeras o compañeros de trabajo, a fin de mejorar o actualizar sus competencias laborales».
Uno de los objetivos del programa es apoyar a los patrones en el cumplimiento de su obligación legal de capacitar su fuerza de trabajo. Este mecanismo tiene tres componentes que contemplan la formación de las personas como agentes capacitadores internos, las competencias para identificar las necesidades de capacitación en sus empresas y para elaborar manuales de capacitación.
Modalidades. El FAM opera en una modalidad abierta y otra cerrada. La primera, es a solicitud expresa de cualquier trabajador que desee ser un agente multiplicador y los cursos se realizan en instalaciones designadas por la STPS. El segundo mecanismo es a petición de un centro de trabajo, el cual debe contar con un grupo mínimo de 15 personas, con excepción de mipymes, y se llevan a cabo en un lugar asignado por la empresa.
La capacitación se puede impartir en formato presencial, semipresencial y virtual. Los materiales e insumos de aprendizaje serán proporcionados por la Secretaría del Trabajo sin costo para los empleados, al igual que los cursos.
Requisitos
Para la modalidad abierta:
- Ser trabajadora o trabajador en activo.
- CURP o, en su caso, autorización para trabajar en el país emitida por la autoridad competente.
- Copia de la credencial vigente del Centro de Trabajo donde labora o constancia expedida por el mismo que lo acredite como su trabajadora o trabajador, al momento de solicitar su participación en el programa.
Para la modalidad cerrada:
- CURP de cada trabajadora o trabajador o, en su caso, permiso para laborar en el país emitido por la autoridad competente.
- Presentar carta de manifestación de cumplimiento legal en materia de capacitación y adiestramiento.
- Copia del Acuse DC-4 (Acuse de recibo de la Lista de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales emitido por el SIRCE), sólo en caso de que la empresa cuente con más de 50 trabajadores y lleve más de un año de operación.
- Manifestar que el Centro de Trabajo cuenta con el espacio y los insumos necesarios para que se impartan los cursos en sus instalaciones.
Acreditación. Para acreditar el curso, el trabajador debe obtener una calificación mínima de 8 y debe presentar la evidencia del entrenamiento proporcionado a sus compañeros de trabajo, un reporte de resultados y un manual de capacitación.
A partir de la entrega de calificaciones, las personas trabajadoras tendrán 45 días naturales para presentar las evidencias ante la Secretaría del Trabajo, un periodo que podrá ser prorrogable hasta por 10 días más por una sola ocasión y a solicitud del centro de trabajo.
Cualquier aspirante no acreditado podrá volverse a inscribir a un curso con los mismos requisitos y procedimiento de inscripción.
La constancia de acreditación, que avala exclusivamente la competencia del trabajador para desempeñarse como instructor interno, será enviada por correo electrónico en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la notificación de aprobación.
La STPS informó que para ambos programas las personas trabajadoras podrán presentar quejas contra servidores públicos ante el Órgano Interno de Control de la dependencia al correo quejas_oic@stps.gob.mx o al número telefónico (55) 5002-3300 ext. 63368.
Noticia extraida de: https://www.eleconomista.com.mx
Escrita por: Gerardo Hernández
Enlace de la noticia original: https://bit.ly/3w47tkx