Apenas cuatro días antes de que llegara a nuestro país el pasado 12 de julio de 2022 Guy Ryder, director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), fue admitida una queja ante ese organismo por violaciones a los derechos de los trabajadores mineros en el estado de Coahuila.
En un comunicado del 8 de julio del presente año emitido por Corinne Vargha, Directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo de la OIT, se informó oficialmente la admisión de la Reclamación por violaciones a la Seguridad Social (Norma Mínima), 1952 (núm. 102) y al Convenio sobre seguridad y Salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) por parte del gobierno de México.
Mientras que Guy Ryder era recibido en nuestro país en virtud de la entrada en vigor de la reforma laboral por cientos de representantes de organizaciones sindicales, patronales y autoridades del trabajo en México como si fuera una gran fiesta, simultáneamente en un comunicado desde la sede de la OIT se invitó al gobierno mexicano a responder las acusaciones por violaciones a normas internacionales en perjuicio de los mineros, a más tardar el 8 de septiembre de 2022.
En dicho comunicado, también se informó que el Consejo de Administración de la OIT en su reunión 345 resolvió que era admisible la reclamación por violaciones a los Convenios 102 y 155 ratificados por el gobierno de México y por tal motivo, decidió establecer un comité tripartito para proceder a su examen.
Para ello se otorgaron seis meses de plazo para que tanto los trabajadores mineros querellantes como el gobierno mexicano entablaran un procedimiento de conciliación o decidieran la aplicación de otras medidas en el plano nacional para resolver el motivo de la reclamación.
Los querellantes han manifestado su disposición para resolver conciliatoriamente su reclamación ante la OIT, siempre que sean implementadas medidas de efectiva protección para evitar la repetición de hechos en los que por falta de previsión y vigilancia gubernamental los mineros pierdan la vida.
La suspensión del examen del fondo de la Reclamación ante la OIT está sujeta a la aceptación del gobierno de México para atender de manera conciliatoria el reclamo de los mineros. El comunicado de la OIT indica:
“…hemos solicitado al Gobierno de México que indique su posición en relación con esta cuestión y le tendremos informado de su decisión.”
La OIT refirió en el citado comunicado que su Consejo de Administración tuvo conocimiento de los accidentes ocurridos en los meses de julio de 2019 y en junio de 2021, en el complejo minero «Ranchería» ubicado en la región minera del norte del estado de Coahuila, que causaron la muerte de trabajadores de esa mina.
A este respecto señaló el referido comunicado de la OIT, que la organización querellante alegó:
i) Falta de medidas de seguridad e higiene como causa del accidente;
ii) Durante una inspección en octubre de 2020 por la Oficina de la Secretaría del Trabajo, se encontró que el complejo minero no cumplía con 14 medidas necesarias en materia de seguridad e higiene para minas subterráneas de carbón;
iii) Debido a esto, se decretó la restricción de acceso y limitación de operaciones, y se ordenaron medidas de seguridad y salud de aplicación inmediata;
iv) El 5 de noviembre de 2020, en virtud de la verificación de dichas medidas de seguridad y salud, se constató el supuesto cumplimiento de estas medidas;
v) A pesar de ello, las medidas de salud y seguridad en la mina seguían sin aplicarse;
vi) El Gobierno de México no se hizo cargo de la indemnización integral en el caso de los sobrevivientes de los trabajadores fallecidos;
vii) Los trabajadores de la mina desconocían si estaban o no registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); y
viii) La organización querellante también alega la práctica ilegal, según la cual los trabajadores en el sector minero no tenían registro continuo dentro del IMSS porque las empresas los rotaban sin su autorización.
La admisión por parte de la OIT de la reclamación promovida por la Organización Pasta de Conchos del estado de Coahuila es un hecho que se suma a otros reclamos por el abandono por parte de las autoridades laborales mexicanas a la vigilancia en el campo minero.
La información recibida ante la OIT también da cuenta de un accidente ocurrido en junio de 2021, en el que un trabajador de la mina en una cueva de carbón ubicada en el poblado de Obayos, del municipio de Escobedo, Coahuila, se lesionó gravemente la columna al caerle una piedra sobre la espalda.
La acusación ante la OIT señala que este siniestro ocurrió:
i) Debido a la falta de equipos de seguridad e higiene para evacuar a los trabajadores de la mina; incluso sus compañeros lo sacaron en una tabla a través del único acceso que hay en la cueva, que funciona de «salida de emergencia»;
ii) Según la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Coahuila de Zaragoza, a consecuencia del accidente, la mina fue sometida a una inspección extraordinaria de seguridad e higiene y se ordenó la restricción de acceso al centro de trabajo y al interior de la mina desde el 18 de junio de 2021; y
iii) No obstante que la mina tenía aparentemente restringido su acceso, se produjo otro accidente en septiembre del mismo año, cuando cuatro trabajadores quedaron sepultados por el derrumbe de una pared del pozo del cual fueron rescatados con vida.
La organización Pasta de Conchos alega la insensibilidad del Gobierno Mexicano al permitir que la Comisión Federal de Electricidad siga autorizando el funcionamiento de los pocitos que han causado muertes de mineros, pero lo más grave es que sigan funcionando como si nada hubiera pasado.
Tanto la OIT, como los trabajadores mineros y sus familias en el norte del estado de Coahuila, están en espera de la respuesta por parte del Gobierno de México.
No podemos olvidar la muerte de los trabajadores mineros, el dolor de las familias, ni los accidentes y graves siniestros que siguen ocurriendo a la fecha en las minas subterráneas de carbón por la falta de medidas necesarias en materia de seguridad e higiene que el gobierno mexicano está obligado a verificar y sancionar su incumplimiento.
Artículo extraído de: https://lasillarota.com
Escrito por: Manuel Fuentes
Enlace del artículo original: https://bit.ly/3ovf6PE