El pasado 8 de junio, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023 Teletrabajo- Condiciones de seguridad y salud en el trabajo (NOM 037), la cual deberán aplicar todas las organizaciones con empleados que laboren más del 40 por ciento de su tiempo de forma remota.
Normativa que surge ante la necesidad de regular el home office ante el crecimiento de esta modalidad en el país. La versión final fue aprobada el 3 de marzo de 2023, y entrará en vigor a partir de diciembre de este año.
“Un cambio positivo que estamos viendo en el ecosistema empresarial es cómo la salud en el entorno laboral comienza a ser contemplada en las tareas preventivas de las organizaciones, las cuales hasta hace poco tiempo se centraban únicamente en los riesgos físicos y el cumplimiento legal”, explicó Haydée Jaime, Marketing Communications Specialist de Pandapé, software de RRHH que optimiza la contratación y la gestión del talento.
Mexicanos, los más estresados
Se calcula que en el país existen alrededor de 13 millones de teletrabajadores y el objetivo de esta nueva norma es prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno favorable en los centros de trabajo al ser la salud emocional una preocupación y una exigencia surgida en los últimos años, sobre todo por parte de las nuevas generaciones.
Y es que las afectaciones a la salud mental de los colaboradores es uno de los principales retos de las empresas en la era del home office. De hecho, México se ha posicionado como el primer país a nivel mundial con mayor estrés laboral, ya que 7 de cada 10 mexicanos presentan esta condición, a la que se le suman factores como la depresión y ansiedad derivadas del confinamiento.
Actualmente, muchas empresas no cuentan con estrategias claras para disminuir las afectaciones a la salud e impulsar la seguridad de sus trabajadores, incluido el llamado burnout (síndrome del desgaste o estrés crónico por trabajo). Éste afecta al 10% de la población mundial y es reconocido en la lista de enfermedades laborales por la Organización Mundial de la Salud (OMS) desde 2019.
“Es importante visibilizar la relevancia de la estabilidad mental, emocional y física para los colaboradores en teletrabajo, en donde la tecnología se posiciona como un aliado que facilita abordar este desafío desde las estrategias de RRHH con grandes resultados y ventajas”, agregó Jaime.
¿Qué quieren los trabajadores mexicanos?
De acuerdo con información de HR Services Advisors, 40 % de los empleados solicitan trabajar de forma híbrida pero la gran mayoría, (60 % de los empleados) prefieren el trabajo desde casa ya que anteponen su libertad; aunque sí buscan pertenecer a un grupo. En este sentido, la modalidad de teletrabajo es voluntaria, por lo que dependerá de cada empleador si decide adoptarla como parte de su esquema de trabajo.
De esta manera, para quienes decidan adoptarla, sus departamentos de RRHH deberán vigilar la aplicación de la NOM 35, al tiempo que ofrecen mayor flexibilidad a los colaboradores.
¿En qué consiste la Ley de Home Office?
La Norma 037, también conocida como Ley de Home Office, detalla las obligaciones para los empresarios, quienes deberán documentar las TIC y los procesos, así como contar con pruebas del cumplimiento de las condiciones. Además de requerir un sistema de asistencia con registro biométrico de actividades y geolocalización.
También señala que los empleadores deben proporcionar a sus colaboradores las herramientas necesarias, como una computadora, y asegurarse de que el lugar donde trabajan cumpla con los estándares de seguridad, incluyendo protección contra agentes físicos y factores de riesgo ergonómico.
Lo anterior porque, de acuerdo con diferentes estudios, el teletrabajo puede disminuir el sentido de bienestar físico debido a factores como falta de actividad, aumento del sedentarismo, disminución del ejercicio físico asociado con los traslados del lugar de trabajo al domicilio y viceversa, así como alteraciones de alimentación y trastornos derivados de las exigencias ergonómicas.
Por ello, las empresas deben proporcionar a los teletrabajadores una silla apropiada, así como los insumos necesarios para su adecuado desempeño y los aditamentos que garanticen condiciones ergonómicas y posturales; así como ventilación e iluminación adecuadas, aunado a los servicios básicos necesarios, como internet, electricidad e impresora.
A esto se suma una capacitación al menos una vez al año sobre las condiciones de seguridad y salud que deben mantener los colaboradores para reconocer peligros sobre el manejo de la tecnología.
Entre las 13 obligaciones patronales que establece, se encuentra la prevención de los riesgos psicosociales de los trabajadores, reconociendo el derecho de los trabajadores a tomar pausas y desconectarse en determinados momentos. Además, establece que el lugar de trabajo debe ser un espacio físico que proporcione privacidad y concentración, evitando interrupciones o interferencias externas.
No obstante, los trabajadores también tienen una serie de obligaciones como cuidar los equipos, materiales y útiles que reciban por parte del empleador, informar con oportunidad sobre los costos derivados del trabajo (servicios de telecomunicación y electricidad), atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en sus actividades y restricciones sobre su uso y almacenamiento.
“Esta norma representa un hito importante en la regulación de las condiciones de seguridad y salud de quienes realizan trabajo a distancia. Actualmente, más del 60 por ciento de las personas que trabajan en oficina lo hacen de forma remota y creemos que esta norma impulsará aún más este modelo de trabajo”, concluyó Karen Scarpetta, Regional General Manager de WeWork Latam.
Artículo extraído de: https://reseller.com.mx
Escrito por: Cyntia Martínez
Enlace del artículo original: https://rb.gy/2pgxv
Ilustración: Alexandra_Koch / PIXABAY