Contar con un plan de seguridad en las empresas permitirá disminuir riesgos para los empleados y la incidencia de accidentes, además de traer ahorros importantes a la organización.
Hablar en una empresa de seguridad e higiene es sinónimo de productividad: en todas las organizaciones laborales existen riesgos de trabajo, que se definen como accidentes o enfermedades a los que están expuestos los colaboradores en el ejercicio o con motivo de su trabajo.
De acuerdo a uno de lo expresado por uno de los integrante de una prestigiada consultora de Cumplimiento Normativo en Seguridad y Salud Laboral de Sonora, las empresas están obligadas a identificar estos riesgos para establecer medidas de prevención y control.
«Ha prevalecido la falsa idea de que la implementación de medidas de prevención de riesgos y accidentes en las empresas, así como el cumplimiento de la normativa vigente al respecto representanuna alta y costosa inversión», afirmó.
Pero no cumplir con las reglas, explicó, pone en situación peligro a los trabajadores y a los patrones, ya que estos últimos pueden ser sujetos de una inspección por parte de la autoridad laboral y en caso de incumplimiento, recibir multas que van de los 250 a los 5 mil salarios mínimos.
Acciones oportunas
De no asumir la normatividad y ocurrir un accidente de un trabajador, los gastos para la organización serán mucho mayores, asumió la experta, ya que habrá que pagar incapacidades o gastos funerarios además de las sanciones por parte de las autoridades.
«Existen otros costos que no estamos acostumbrados a contabilizarlos y que merman las utilidades, por ejemplo, capacitar a un nuevo elemento que sustituya momentánea o permanentemente a un trabajador accidentado, paros de producción para investigar el accidente, entre otros», apuntó.
Otros costos son la adecuación de las actividades para evitar que surja otro accidente y el impacto emocional que los demás trabajadores y sus familias tendrán, así como el «golpe» en la familia del trabajador accidentado y la desestabilización de su futuro.
El integrante de la empresa consultora, agregó que prevenir los riesgos de trabajo y cumplir con la autoridad es relativamente sencillo y menos costoso cuando se hace de manera organizada e incluyendo a los trabajadores, al sensibilizarlos sobre el autocuidado.
Vale más prevenir
Las leyes del trabajo en México obligan a la creación en las empresas de una Comisión de Seguridad e Higiene, que está conformada por representantes del patrón y los trabajadores para tomar acuerdos que eviten incidentes.
«El primer paso para la prevención es la determinación de los riesgos a los cuales la empresa está expuesta y para ello, un diagnóstico permitirá determinar el tipo y el grado de riesgo», refirió.
Tales riesgos, dijo la consultora, incluyen los físicos, derivados del ambiente donde se desarrolla el trabajo; los químicos, biológicos, mecánicos (derivados de maquinaria y equipo), ergonómicos y los psicosociales.
«Podemos enlistar riesgos y peligros jerarquizando su nivel de atención de acuerdo a su peligrosidad, y aquí es donde surge el plan de seguridad que permitirá gestionar la implementación de medidas de eliminación y/o control de acuerdo al nivel y tipo de riesgo», describió.
Un plan con beneficios
Entre las acciones que permite un plan de seguridad, detalló López Carranza, están las de reconocimiento, de evaluación y control de los agentes que contaminan el medio ambiente laboral, seguimiento a la salud de los empleados y programas de seguridad, entre otros.
Entre los beneficios, añadió, están la reducción de accidentes, la prevención de enfermedades, la detección temprana de fallas en maquinaria o equipo y la gestión de su mantenimiento y el involucramiento de los trabajadores en su seguridad.
Seguridad laboral
Las leyes mexicanas establecen normatividad aplicable a las empresas para salvaguardar la seguridad de los trabajadores en los centros de trabajo:
41 normas refieren a las leyes de seguridad y salud en el trabajo.
5 temas tocan estas normas (seguridad, salud, organización, específicas, producto).
Leyes vigentes
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123, apartado A, fracción XV.
Artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo, que establece la organización de comisiones mixtas de seguridad e higiene.
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, artículo 10.
Hay consecuencias
No atender las leyes implica:
Costos directos: Multas, intervenciones médicas, aumento de la prima de riesgo, problemas de incapacidades, demandas laborales.
Costos indirectos: Gastos por capacitación al nuevo trabajador, sobrecarga de trabajo por falta de personal, sustitución de empleados, baja motivación.
Los «culpables»
Peligros y riesgos: Condiciones peligrosas o inseguras, actos inseguros.
Agentes contaminantes: Químicos, biológicos, físicos.
Factores de riesgo: Ergonómicos, psicosociales.
Plan de seguridad
Reduce accidentes
Previene enfermedades
Detecta oportunamente fallas en maquinaria o equipo
Permite la gestión de mantenimiento
Fomenta el involucramiento de los trabajadores en su seguridad
Noticia extraida de: https://www.elimparcial.com
Escrita por: Eduardo López con fuentes de LFT/Corporativo Valdez Toro.
Enlace de la noticia original: https://bit.ly/3mWTbB3