Este año se publicó una nueva versión de la norma que amplió las reglas que deben tener las empresas para el uso y manejo del equipo de protección personal en el trabajo.

Luego de casi dos décadas de su publicación y aplicación se realizaron nuevas modificaciones a la NOM-017, ajustes que tienen como objetivo que las y los trabajadores cuenten con una mayor protección y medidas que garanticen la ejecución de sus tareas con seguridad. 

La norma sobre equipos de protección personal en el trabajo no es nueva, vio la luz en el 2008 y hasta la fecha se encuentra vigente con las reglas que se fijaron en esa versión; sin embargo, fue en este año cuando se realizó una actualización. 

En ese sentido, la nueva versión de la NOM-017 tuvo una ampliación de disposiciones para el uso y manejo del equipo de protección personal (EPP) en el trabajo, donde el principal propósito de la norma es la prevención de accidentes, factores de riesgo y agentes o contaminantes del ambiente laboral.

La nueva versión fue publicada a finales de marzo de este año, y con ello las empresas tienen nuevas medidas para la prevención de riesgos a los que están expuestos los trabajadores.

Entre los ajustes se encuentra la clasificación de riesgos en el trabajo, las empresas deben identificar de manera obligatoria los diferentes riesgos a los que están expuestos los empleados por cada puesto y área en la que se encuentran.

Además, se agregan disposiciones que obligan a las empresas a contar con un procedimiento funcional para el momento en el que la ropa de protección del trabajador se contamine con sustancias químicas peligrosas o agentes biológicos, así como métodos funcionales para la descontaminación de esas prendas.

En ese tenor, otra regla que se añade es que cuando el equipo de protección esté obsoleto o dañado, se someta a un proceso de destrucción o manejo especial y, en su caso, de confinamiento para evitar ser reutilizado.

Un planteamiento nuevo dentro de la NOM-017 es el papel con los trabajadores de empresas de servicios especializados, es necesario asegurar que estos trabajadores conozcan los riesgos, medidas de seguridad y, en su caso, el EPP, el tipo de protección requerida, la forma de usar el equipo de protección, supervisar que se cumplen tales medidas, y que se emplean correctamente las herramientas de seguridad.

Por otro lado, se añaden disposiciones al equipo de protección para visitantes, en las cuales los proveedores, inspectores, asesores, auditores, verificadores, compradores, entre otros, que eventualmente lleguen a acceder al centro de trabajo. 

Otra de las nuevas mejoras en la norma es la certificación del equipo de protección, en el cual se debe verificar que el EPP que se adquiera cuente con la certificación emitida por un organismo acreditado y aprobado en los términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad, cuando existan normas oficiales mexicanas para estos equipos.

«En caso de no existir normas que regulen los equipos, se debe verificar que cuente con la certificación de las Normas Mexicanas, Estándares Técnicos aplicables, y a falta de éstos, de los organismos de certificación o laboratorios de prueba acreditados, se disponga con la información del fabricante”, se explica.

¿Cuándo entran en vigor las nuevas reglas?

La nueva versión de la NOM-017 entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF); eso significa que será exigible en la última semana de septiembre del 2025. 

Mientras ese plazo vence, seguirán aplicándose las reglas de la versión de 2008, misma que quedará sin efectos una vez que sean exigibles las nuevas disposiciones. 

Ante eso, las empresas que deben presentar los cambios establecidos en la norma tienen un periodo para poder cumplir con las nuevas reglas en el país.

Artículo extraído de: https://www.eleconomista.com.mx

Escrito por: Eduardo de la Rosa

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