Se ha preguntado: ¿qué hacer ahora que regrese a su centro de trabajo y uno o varios empleados se rebelan y no acatan las medidas sanitarias para evitar contagios por covid-19?… Bueno, si no entienden y le generan un caos poniendo en riesgo a toda la plantilla laboral, puede despedirlos sin ninguna responsabilidad para el patrón.
El artículo 47 inciso XII de la Ley Federal del Trabajo es muy claro al respecto:
«Es causa de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón si se niega el trabajador a adoptar medidas preventivas o a seguir los procedimientos para evitar accidentes o enfermedades».
Y es que las propias leyes laborales son muy claras en cuanto a la responsabilidad que tiene un empleado en materia de prevención y seguridad de sus propios compañeros de trabajo.
En el artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo se advierte que es obligación del trabajador observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal.
Además, el empleado tiene prohibido ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe, señala el artículo 135 de la Ley Federal del Trabajo.
De esta manera, si un trabajador asume una actitud de no acatar las medidas sanitarias y esta acción genera un riesgo mayor, el patrón tiene el respaldo legal para actuar en consecuencia.
Artículo extraído de: https://elpulsolaboral.com.mx
Escrito por: Arturo Rivero
Enlace del artículo original: https://bit.ly/36jCzOd