Muchas empresas han optado por un esquema laboral híbrido, es decir, que los empleados laboren tres días en la oficina y dos de manera remota, con lo cual evitan cumplir con la normatividad en teletrabajo.
“Actualmente, se confunde el trabajo híbrido con el teletrabajo, estar en una modalidad híbrida no representa las mismas obligaciones que el teletrabajo, como lo son pagar proporción de energía eléctrica, medios virtuales o tecnológicos para que el trabajador desarrolle su trabajo (internet), etcétera”, advierte un estudio del despacho Sánchez Devanny.
El análisis reveló que únicamente 23 por ciento de las empresas encuestadas ha generado nuevos estatutos, políticas y reglamentos en torno al teletrabajo.
Mientras que 42 por ciento de las empresas no ha realizado ninguna acción con respecto al home office.
Alfredo Kupfner, experto del despacho, dijo que las la aplicación de la norma de teletrabajo no es prioridad.
“Es una norma complicada de cumplir, porque la empresa tiene que realizar una visita en el domicilio del trabajador o el trabajador puede ser monitoreado por medios electrónicos”, señaló.
Añadió que la Secretaría del Trabajo aún no despliega inspecciones específicas para verificar el cumplimiento de las normas sobre teletrabajo.
No obstante, cuando detecte irregularidades, las sanciones pueden ser de entre 50 a 5 mil veces la UMA.
Sin interés
Para muchas empresas, atender la política del teletrabajo no es una prioridad.
¿Qué acciones ha llevado a cabo para documentar las obligaciones?
(Participación % de respuestas)
Ninguna | 42% |
Nuevos estatutos, políticas y reglamentos | 23 |
Información clara sobre las reglas al personal que hace teletrabajo | 19 |
Se capacita constantemente al personal | 13 |
Se brindaron las herramientas necesarias para poder trabajar a distancia | 11 |
Se brindan apoyos económicos extras para cubrir costos de internet y electricidad | 9 |
Se contrataron sistemas para que los colaboradores trabajen a distancia | 5 |
Artículo extraído de: https://dplnews.com
Escrito por: Verónica Gascón
Enlace del artículo original: https://bit.ly/42ZdCPW
Ilustración: Pfüderi / PIXABAY