La capacitación y formación es el recurso adicional que más demandarán las empresas para el cumplimiento de la reforma a la Ley de Trata de Personas que tipificó las jornadas superiores a los límites legales como delitos de explotación laboral.

Frente a la tipificación de las jornadas de trabajo superiores a la ley como delito de explotación laboral, la mitad de las empresas reconoce que la modificación legal tendrá impacto en la operación, para lo cual ya se evalúan ajustes en horarios e incluso capacitación.

Esto es parte de los resultados de un sondeo realizado por la Asociación de Relaciones Industriales de Occidente (ARIOAC). Un 50% de las empresas consultadas afirma que la reforma tendrá un “impacto significativo” y, por lo tanto, se tendrán que realizar cambios internos. Sólo un 35% de las compañías descarta implicaciones en las operaciones, el otro 15% está indecisa.

En junio entraron en vigor los cambios a la Ley de Trata de Personas, y con ello, las jornadas de trabajo que superan los límites establecidos en la Ley Federal del Trabajo (LFT) fueron tipificadas como delito de explotación laboral, el cual se castiga con prisión y sanciones económicas.

Estas disposiciones -según el dictamen que dio vida a la reforma- son aplicables cuando se excede el límite de tiempo extraordinario; es decir, cuando se labora más de 48 horas y más de 9 horas extras por semana. Están exentas también las jornadas laborales especiales que están reguladas por la LFT y que por la naturaleza de las actividades que se realizan, pueden superar los límites diarios o semanales.

“Esta Ley busca que no se exceda porque también es un derecho del trabajador al descanso porque sino entonces es una explotación. En el caso de las empresas industriales tienen que ajustar la cantidad de horas extras y convertirse en un nuevo ordinario”, apunta Alejandro Navarro, director general de la ARIOAC.

De acuerdo con la encuesta de la organización, estas son los desafíos que prevén las empresas frente a los cambios legales:

  • Ajustes en horarios de trabajo
  • Capacitación y formación
  • Requerimientos adicionales de cumplimiento y supervisión
  • Aumento de costos operativos

La incorporación de las jornadas superiores a la ley entre los casos de explotación laboral, no sólo implica un cambio interno en el tiempo de trabajo, sino un capacitación para que desde el liderazgo y los propios empleados cumplan con los límites en los horarios, dice Alejandro Navarro.

“Por años, la gran preocupación de Recursos Humanos y un gran reto es la formación de los líderes de áreas, especialmente las de producción, para estar bien informados, tener un buen trato con los trabajadores y generar un buen clima laboral. Recursos Humanos no hace todo, lo transmite, pero los líderes son el staff para hacer posible las estrategias. Y por eso la capacitación es un punto importante, porque es en el liderazgo donde se gestan las malas comunicaciones y algunos abusos”, señala el representante de la organización.

En ese sentido, las empresas consultadas indican que la capacitación y formación es el recurso adicional que más se necesitará para cumplir con la reforma, incluso se requerirá en mayor medida que la demanda de personal adicional.

¿Qué se reformó en jornadas laborales?

La modificación a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, incluyó en los casos de explotación laboral las jornadas que superan los límites legales.

Hasta la entrada en vigor de la reforma, la explotación laboral sólo se configuraba con tres supuestos: trabajar en condiciones peligrosas o insalubres sin la protección prevista por las normas, una desproporcionada carga de trabajo al sueldo percibido o una remuneración inferior al salario mínimo.

De esta manera, los horarios de trabajo que exceden el tiempo extraordinario pueden ser sancionados con penas que van de los tres a 10 años de prisión y de 5,000 a los 15,000 días multa. Pero pueden elevarse a un rango de entre cuatro y 12 años de cárcel si se afecta a personas de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas.

Una jornada extensa “será aplicable y, por ende, se actualizará como una modalidad de explotación laboral, siempre y cuando nos encontremos en presencia de un acto que atente contra las disposiciones laborales”, indica la reforma aprobada por el Congreso de la Unión.

En México el tiempo de trabajo extraordinario es excedido por cerca de 4.8 millones de trabajadores subordinados, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).

Artículo extraído de: https://www.eleconomista.com.mx

Escrito por: Gerardo Hernández

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Ilustración: Mohamed_hassan PIXABAY