Este periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión que se realizó el pasado 1 de septiembre, con esto se ha planteado la revisión de una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual quedó pendiente.

Uno de los temas más conocidos a esta iniciativa es la reducción de la jornada laboral que busca pasar de 48 a 40 horas semanales, sin embargo, también se trabaja en la integración de una nueva tabla de enfermedades de trabajo en México, que adiciona una serie de padecimientos como incapacitantes para los empleados, por lo que contaremos más.

Cabe resaltar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho a la salud de las y los mexicanos. Así lo señala en el artículo 4o constitucional donde señala: «Toda persona tiene derecho a la protección de la salud».

De acuerdo a lo establecido en el artículo 123 de la Carta Magna, el apartado A, fracción XV, establece el derecho de las personas trabajadoras a la garantía y dice

«El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento y adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como organizar de tal manera este, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso».

¿Qué enfermedades podrían añadirse?

Por primera vez, en esta tabla se podrían incorporar padecimientos que afectan a la salud mental de las personas trabajadoras como el trastorno de ansiedad, los del ciclo del sueño y vigilia, estrés grave y depresión, así como también se agregan el Covid-19 y la endometriosis.

Enfermedades de trabajo y de valuación de incapacidades.

Por primera vez se incorporan los problemas de salud mental como la depresión, los trastornos de ansiedad y estrés, las alteraciones del ciclo sueño-vigilia. Son males en aumento.

Se fortalece la protección a la salud de las trabajadoras. Por mencionar, reconoce la endometriosis como problema incapacitante. La OMS precisa: es una enfermedad crónica e incurable. Se trata de una patología exclusiva de las mujeres, enfermedad que las coloca en desventaja competitiva con los hombres en el mundo laboral. Asimismo, se consideran problemáticas de abortos repentinos y recurrentes, infertilidad y endocrinología.

En las patologías infecciosas y parasitarias, su número aumenta de 21 a 41. Se incluye COVID-19.

Resalta el grupo II (cánceres de origen laboral) porque son las enfermedades que registraron el mayor aumento, pasando de 4 a 30 padecimientos diferentes.

Integran males musculares y pulmones. Daños causados por aspirar contaminantes. Serán enfermedades del sistema respiratorio la neumoconiosis y broncopulmonares producidas por aspiraciones de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral, así como males de las vías respiratorias, las producidas por inhalación de gases y vapores.

Se agregó el síndrome del túnel carpiano. La modernidad obliga al constante uso de herramientas de cómputo, comunes en un planeta cada vez más digital. Realidad laboral que ha causado daños a la salud. Este padecimiento se manifiesta con hormigueo en la mano y el brazo, ocasionando el pinzamiento de un nervio en la muñeca.

Van en alza el número de las enfermedades derivadas por intoxicaciones que pasan de 36 a 46.

Los males de la piel y tejidos subcutáneos también serán considerados como padecimientos de dermatosis.

La tabla de enfermedades de trabajo no se había actualizado desde 1970. Ahora quedó establecido: será revisada al menos cada cinco años a partir de su publicación o cuando existan estudios de investigaciones que lo justifiquen.

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el mundo suceden más de medio millón de muertes en el ámbito laboral.

Según los legisladores, el objetivo del dictamen que aprobaron es fortalecer la protección de las personas trabajadoras ante enfermedades y accidentes que puedan sufrir en ejercicio o con motivo de su trabajo.

Las leyes laborales mexicanas, tienen un marco reglamentario para proteger al trabajador en diversas Normas Oficiales Mexicanas establecidas por la STPS. Conoce las Normas Oficiales Mexicanas esenciales para la adecuada operación de tu empresa o negocio.

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Artículo extraído de: https://www.debate.com.mx

Escrito por: Mariana Orozco

Enlace del artículo original: https://tinyurl.com/3tx32sck

Ilustración: Freepik