Después de casi dos décadas se realizaron las modificaciones necesarias para que las y los trabajadores cuenten con mayor protección en las empresas.

Con la finalidad de mejorar la seguridad y salud en el trabajo, este año se actualizó la NOM-017, un marco regulatorio emitido en 2008 relativo a los equipos de protección personal en los centros laborales, su reciente actualización incorpora nuevas medidas para tener un mayor cuidado de los colaboradores expuestos a diversos riesgos en las empresas. 

Entre las modificaciones que se realizaron a la norma se encuentran las clasificaciones de riesgos, reglas para el uso de Equipos de Protección Personal (EPP), y nuevas medidas para los trabajadores ante contaminantes, entre otros más.

Después de casi dos décadas de su emisión se realizaron las modificaciones necesarias para que las y los trabajadores cuenten con mayor protección y medidas que ayuden a que su trabajo se realice con los cuidados adecuados. 

Estas son las claves para entender la nueva versión de la NOM-017 y sus cambios: 

1.- Clasificación de riesgos de trabajo

Con los cambios se busca identificar y analizar los riesgos a los que están expuestas las y los trabajadores por cada puesto y área. Esta información debe registrarse y actualizarse cuando se modifiquen los implementos o procesos de trabajo.

Dentro de la clasificación de riesgos incorporada en la norma, se encuentran los riesgos físicos, los derivados del medio ambiente laboral tales como ruido, vibraciones, iluminación deficiente o excesiva, radiaciones, temperaturas extremas, incluyendo el riesgo eléctrico.

También figuran los riesgos mecánicos, los cuales pueden dar lugar a una lesión por alguna máquina, herramienta, pieza o materiales proyectados con la capacidad de ocasionar accidentes.

Otro de los riesgos son los químicos, mismos que se originan por la exposición o manejo de sustancias peligrosas, como las tóxicas, irritantes, cancerígenas, entre otras.

Y la última clasificación sumada es la de los riesgos biológicos, que son los derivados de la exposición del trabajador a organismos vivos que pueden causar daño a la salud, como virus, bacterias y hongos, entre otros microorganismos.

2.- Nuevas reglas para los equipos de protección personal

A las reglas ya existentes para el uso, revisión y mantenimiento de los equipos de protección, la norma incorpora dos nuevas disposiciones.

Por un lado, obliga a las empresas a contar con un procedimiento para cuando la ropa de protección se contamine con sustancias químicas peligrosas o agentes biológicos, así como su descontaminación.

La otra regla incorporada, es que cuando el equipo de protección esté obsoleto o dañado, se someta a un proceso de destrucción o manejo especial y, en su caso, de confinamiento, para evitar ser reutilizado.

3.- El papel con los trabajadores de empresas de servicios especializados

Se debe asegurar que los trabajadores de empresas contratadas para realizar servicios especializados; es decir, las actividades que no son preponderantes del centro de trabajo, también conozcan los riesgos, medidas de seguridad y, en su caso, el EPP; el tipo de protección requerida, y la forma de usar el equipo de protección, y supervisar que se cumplen tales medidas y se emplean correctamente las herramientas de seguridad.

4.- Medidas ante exposición a agentes contaminantes

Dentro de los ajustes se contempla llevar los registros sobre la revisión, reposición, limpieza, mantenimiento, resguardo y disposición final del EPP que requiera mantenimiento, incluido aquél que se utilice para la protección contra sustancias químicas peligrosas o agentes biológicos capaces de alterar la salud de las personas trabajadoras.

“En el caso del EPP libre de mantenimiento (desechable) únicamente se debe llevar el registro de su entrega y reposición. El registro debe contener, según aplique”, refiere la norma.

5.- Equipo de protección para visitantes

En este punto, se expone que los visitantes; por ejemplo, proveedores, inspectores, asesores, auditores, verificadores, compradores, entre otros, que eventualmente lleguen a acceder a las áreas donde se requiera el uso obligatorio de equipo de protección, deben utilizarlo con el fin de prevenir algún accidente.

6.- Certificación del equipo de protección

En este punto se debe verificar que el EPP que se adquiera cuente con la certificación emitida por un organismo acreditado y aprobado en los términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad, cuando existan normas oficiales mexicanas para estos equipos.

«En caso de no existir normas que regulen los equipos, se debe verificar que cuente con la certificación de las Normas Mexicanas, Estándares Técnicos aplicables, y a falta de éstos, de los organismos de certificación o laboratorios de prueba acreditados, se disponga con la información del fabricante”, explica.

7. Entrada en vigor

La nueva versión de la NOM-017 entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esto significa que será exigible a partir de finales de octubre de este año. 

Artículo extraído de: https://www.eleconomista.com.mx

Escrito por: Eduardo de la Rosa

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Ilustración: TukTukDesign PIXABAY