Se publicó el anteproyecto de las nuevas reglas de operación para el Fondo para la Prevención de Desastres Naturales
Este lunes 27 de septiembre de 2021 se publicó el anteproyecto de las nuevas reglas de operación para el Fondo para la Prevención de Desastres Naturales (Fopreden) y el cual prevé retomar la estrategia de atención a afectaciones meteorológicas que dejó la eliminación del Fonden.
De acuerdo con los nuevos lineamientos a aprobarse, será la Coordinación Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a cargo de Rosa Icela, la que se encargue de la actuación de este fondo creado en 2016, tras la supresión del Fondo para atender Desastres Naturales (Fonden) el pasado 6 de noviembre, entre otros más de 100 fideicomisos públicos.
De acuerdo con el artículo 37 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil, el Gobierno de México deberá prever recursos para la atención de daños ocasionados por fenómenos naturales.
El monto destinado el Fopreden en 2022 será de 207 millones 505 mil 945 pesos, es decir, 7.5 millones más que en 2021. Para el mismo ejercicio el extinto Fonden recibirá nueve mil 54 millones 884 mil 831 pesos; aunque sus recursos estiman la atención de afectaciones anteriores y con las cuales mantiene una obligación de pago.
El documento registrado en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) indica que este fondo atenderá tres tipos de proyectos: “preventivos”, “preventivos estratégicos”, que incluye “proyectos preventivos estratégicos inmediatos” y “proyectos preventivos de investigación”.
Los “Proyectos Preventivos Tipo A” serán propuestos por cualquier entidad federativa o dependencia gubernamental, instituciones académicas y de investigación y los más de cuatro mil municipios y localidades de la Ciudad de México.
Los “Proyectos Preventivos Tipo B Estratégicos” sólo serán propuestos por la Coordinación Nacional de Protección Civil de la SSPC, o en conjunto con los estados de la República o instancias públicas de orden federal.
Se especifica que en el caso de “Proyectos Tipo B Estratégicos Inmediatos”, se atenderán necesidades de “urgente e inmediata” acción preventiva, a fin de “evitar la pérdida de vidas o los daños por los posibles efectos del impacto destructivo de un fenómeno natural perturbador, y que por consiguiente no fue posible llevar a cabo su programación anual”.
El documento en las bases de la Secretaría de Economía indica que los recursos podrán ser dispensados “en función de la disponibilidad presupuestal” y luego de aprobarse el proyecto en una reunión extraordinaria del Consejo de Evaluación, que será el órgano colegiado encargado de resolver sobre las solicitudes y los proyectos preventivos y, en su caso, autorizar la entrega de los recursos previo cumplimiento de los lineamientos en todos los casos.
En el caso de los “Proyectos Preventivos Tipo C de Investigación”, sólo podrán ser planteados los proyectos por el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), Comisión Nacional del Agua (Conagua), Comisión Nacional Forestal (Conafor), Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (Inecc), la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), y de manera conjunta entre dos o más de éstas dependencias federales.
“Con la finalidad de fortalecer y asegurar en todo momento los principios de oportunidad, equidad y transparencia como elementos fundamentales en la prevención de desastres los Solicitantes no podrán tener más de dos Proyectos Preventivos Tipo A y C en ejecución, ni presentar más de dos Proyectos Preventivos en un mismo ejercicio fiscal. Queda excluida de tal disposición la Coordinación por las razones expuestas para ejecutar los Proyectos Preventivos Tipo B Estratégicos, en sus dos modalidades”, añade el documento pendiente de ser publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Noticia extraida de: https://www.elsoldemexico.com.mx
Escrita por: Jacob Sánchez | El Sol de México
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