El Senado tiene como pendiente analizar el reconocimiento legal del estrés laboral crónico, también conocido como burnout, como enfermedad de trabajo, un padecimiento de entre 30 patologías nuevas que se necesitan para actualizar la tabla contemplada en la LFT.

¿Debe considerarse el burnout como enfermedad de trabajo? Esa es la respuesta que responderá el Senado y de ello depende que se incluya como el padecimiento 162 en la tabla de enfermedades de la Ley Federal del Trabajo (LFT), un marco regulatorio que nunca se ha modificado en más de cinco décadas de vigencia.

La propuesta presentada en la Cámara de Senadores plantea incluir el “Síndrome de desgaste ocupacional” como la enfermedad trabajo 162 en la LFT, definiéndola como la patología ocasionada como por el estrés crónico en el lugar de trabajo que no se ha manejado con éxito.

La iniciativa promovida por la senadora Sylvana Beltrones, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), ya fue turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su análisis y reabre el debate sobre la actualización de la tabla de enfermedades en la LFT, instrumento que ayuda a los profesionales de la salud a diagnosticar la patología que puede presentar un trabajador ocasionada por la actividad que realiza.

“Es importante tomar en cuenta que este síndrome no sólo tendrá consecuencias en el ambiente laboral, sino también tendrá un impacto sobre la salud del trabajador, llevando al desarrollo de enfermedades mentales como depresión y ansiedad, enfermedades cardiovasculares como hipertensión o aumento en el riesgo de infartos enfermedades musculoesqueléticas como dolor muscular debido a tensión, el desarrollo de adicciones como el alcoholismo y tabaquismo o el desarrollo de trastornos del sueño, entre otros”, explica la legisladora en su iniciativa.

Además de su reconocimiento, el proyecto incluye como característica del síndrome del desgaste ocupacional síntomas como:

  • Sentimientos de falta de energía o agotamiento
  • Aumento de la distancia mental con respecto al trabajo, o sentimientos negativos o cínicos con respecto al trabajo
  • Sensación de ineficacia y falta de realización. Se refiere específicamente a los fenómenos en el contexto laboral y no debe aplicarse para describir experiencias en otras áreas de la vida

La Organización Mundial de la Salud (OMS) incluyó en el 2018 el burnout en su Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (CIE-11), una actualización que entra en vigor en enero de 2022, fecha en la que todos los países miembros de la organización están obligados a tratar la enfermedad.

“México, como país miembro de la OMS, utiliza la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE). Es por ello que es tan importante que se actualice la Ley Federal del Trabajo para incluir este síndrome en la tabla de enfermedades de trabajo”, subraya la senadora Sylvana Beltrones.

Paradójicamente, México reconoce a través de la NOM-035 el impacto de las condiciones de trabajo en la salud mental de la fuerza laboral, pero las enfermedades mentales no están incluidas en la tabla contemplada en el artículo 513 de la LFT.

Además del desgaste ocupacional, el Senado también analizará incluir en la legislación laboral las infecciones, parasitosis, micosis, virosis y el Covid-19 como enfermedades de trabajo.

La importancia de la tabla de enfermedades

La tabla de enfermedades no ha tenido ninguna modificación desde 1970, cuando se promulgó la Ley Federal del Trabajo. En cinco décadas, el instrumento más importante para el diagnóstico de las patologías que puede ocasionar una ocupación no se ha actualizado para incluir los nuevos padecimientos ligados al trabajo que se han documentado.

“Un trabajador puede estar expuesto a un riesgo como químicos o cargas. Si este riesgo no se corrige, el trabajador se enferma y, si esto pasa y le queda una secuela, se tiene que clasificar como enfermedad de trabajo porque vienen las pérdidas auditivas, enfermedades respiratorias o hasta cáncer. Esa es la función de la tabla de enfermedades”, explica en entrevista Hosanna Rodríguez, presidenta de la Federación Nacional de Salud en el Trabajo (Fenastac).

En este tenor, Horacio Tovalin, integrante del Colegio Ramazzini de México sobre seguridad y salud en el trabajo, expone que la tabla de enfermedades “es una evidencia del fracaso de prevención en un centro de trabajo”.

Ambos especialistas son parte de los grupos técnicos que colaboran con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en la actualización de la tabla de enfermedades para transformarla en un instrumento avanzado que no sólo contemple una lista con patologías, también herramientas para el diagnóstico de los padecimientos, elementos que actualmente no contiene.

Además del burnout, Hosanna Rodríguez considera que son entre 25 y 30 nuevas enfermedades que deben agregarse en la tabla que contempla la Ley Federal del Trabajo para agrupar patologías que son frecuentes entre la fuerza de trabajo y eliminar síntomas que se catalogaron como enfermedades.

“Tan sólo para cáncer de origen laboral solamente hay cuatro tipos clasificados en la tabla, se han propuesto cerca de 23 ahora. Para enfermedades infecciosas y parasitarias hay 21 vigentes y se plantean 40”, comenta la presidenta de la Fenastac.

Por su parte, Horacio Tovalin afirma que la nueva tabla que está en proceso de desarrollo es novedosa porque no se trata de una lista como la que actualmente está vigente.

“Es una especia de catálogo porque viene la enfermedad, los agentes de origen laboral que pueden estar relacionados y también se incluye todo el procedimiento de diagnóstico como las pruebas clínicas y de laboratorio se recomiendan realizar”, explica el también académico de la Facultad de Estudios Superiores (Fes) Zaragoza de la UNAM.

En su momento, durante una entrevista con El Economista, Cointa Lagunes, directora de Normalización de Seguridad y Salud Laborales de la STPS, afirmó que la nueva tabla de enfermedades de México será una de las más avanzadas del mundo. La renovación de la lista incluirá padecimientos respiratorios y dermatológicos, afectaciones por nanopartículas por el uso de la tecnología y la definición clara de los trastornos músculo-esqueléticos. 

La funcionara reconoció que la actualización de la tabla es necesaria para facilitar la labor de los médicos que dictaminan el riesgo de trabajo. Hasta ahora, al no existir una definición clara o no existir el padecimiento en la lista, no se puede considerar una enfermedad de trabajo, aunque la afectación se haya generado por la actividad productiva. 

Noticia extraida de: https://www.eleconomista.com.mx

Escrita por: Gerardo Hernández

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