La pandemia que azotó a México y al mundo permanecerá en el imaginario colectivo por mucho tiempo. El panorama era el siguiente: calles vacías, incertidumbre laboral, negocios cerrados y hasta la manera de estudiar cambió con ayuda de la tecnología. Luego de que todo eso terminara hace unos meses, la Secretaría de Salud de México por fin hizo oficial que los empleadores deberán otorgar cinco días de incapacidad, con derecho a un subsidio económico, a quien presente o no síntomas de Covid-19. 

Lo anterior se encuentra publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y forma parte del Plan de Gestión a Largo Plazo para el control de Covid-19 encabezado por autoridades sanitarias. En aquel documento se explica cómo los ciudadanos pueden tramitar dicha incapacidad cuando lo necesiten. 

“Como parte de sus prestaciones, las personas trabajadoras aseguradas por el IMSS que cursan con una enfermedad o accidente podrán solicitar a su médico tratante del IMSS un certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (ITT)», se lee en el documento

¿Cómo tramitar la incapacidad? 

Para ser acreedor a un permiso de incapacidad primero debes estár afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y previamente se debe realizar una prueba diagnóstica donde se indique un resultado positivo. Tiempo después, se debe tener un certificado temporal. https://d-14220550023908608891.ampproject.net/2305252018001/frame.html

Cabe señalar que los certificados ITT, como se manejaron en las épocas más intensas de la pandemia por Covid-19, serán a través de plataformas digitales. Los interesados deben ingresar al siguiente link del IMSS (http://www.imss.gob.mx/) En un primer paso se colocarán los datos principales del paciente para después recibir un correo de confirmación de su permiso, con el que dará aviso a la empresa donde presta servicios. 

Cada trabajador y trabajadora tendrá en su registro la primera incapacidad y, en dado caso de necesitar una ampliación de las incapacidades, se podrá unir en un solo evento. El esquema utilizado en el IMSS se llevará a cabo también en otras dependencias sanitarias como ISSSTE y las Fuerzas Armadas. 

¿Cuáles son los síntomas de alarma?

Los especialistas consideran que en caso de presentar alguno de los siguientes síntomas se debe de acudir al servicio de emergencias.

  • Dificultad respiratoria en reposo.
  • Disminución del nivel de consciencia, agitación o confusión.
  • Molestia en el pecho o sensación de que el corazón está latiendo con violencia o muy rápidamente o con latidos irregulares (palpitaciones).
  • Pérdida de peso.
  • Sudoración nocturna.

Artículo extraído de: https://heraldodemexico.com.mx

Escrito por: Alfonso Sotelo

Enlace del artículo original: https://bit.ly/3piMJZ1

Ilustración: Alexandra_Koch / PIXABAY