Hace tres años, en México entró en vigor la Norma Oficial Mexicana 035 (NOM-035) «Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo: Identificación, análisis y prevención»; sin embargo, más de la mitad de las empress que operan en el país no la cumplen y siguen sin interpretarla correctamente, expuso la especialista en capital humano de Hooman, Paola Núñez.
Además, destacó que el panorama para las empresas va a complicarse con el cumplimiento de la norma Oficial 035 «Teletrabajo: Condiciones de seguridad y salud en el trabajo» (NOM-037), cuyo incumplimiento podrá denunciarse en 2023.
Durante la charla «Importancia del bienestar emocional y laboral», reconoció que estos no son conceptos sencillos ni fáciles de lograr: «Tienen que ver con lo que le proporcione el ambiente laboral al colaborador y con su situación personal; algo que no depende solo de las áreas de recursos humanos de las organizaciones, del director del área, del dueño o dueños de la empresa ni de los accionistas».
El bienestar laboral involucra varios factores:
Personales, desde sufrir un acontecimiento traumático severo con un terremoto, choque o asalto con violencia, incluso las ideas del colaborador al sentir su integridad física en riesgo.
Del entorno laboral. Incluye el sentido de pertenencia con la organización; definición de responsabilidades laborales; distribución de las cargas de trabajo; la relación entre jefes y subordinados, y con los compañeros; incluso contar con todos los recursos para realizar sus funciones.
«A pesar de los beneficios que tiene la NOM-035 para los colaboradores y las organizaciones, en Hooman estamos observando que muchas empresas están viviendo las consecuencias de su incumplimiento o de la incorrecta interpretación de la norma, y los estragos del tecnoestrés, la tecnoadicción y la tecnofatiga de sus trabajadores», comentó la experta de Hooman.
Cabe recordar que las empresas que no cumplan con la NOM-035, podrían ser acreedoras a multas de hasta $422,450.00 M.N., y pueden ser por trabajador y por cada acción incumplida. Incluso la Secretaría del Trabajo y Previsión Social puede cerrar las operaciones de la organización infractora.
Fuente: idc online
Artículo extraído de: https://www.hoydinero.com
Escrito por: redacción Hoy Dinero
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