El teletrabajo o home office en México no considera ningún tipo de protección para el empleado por accidente o enfermedad de trabajo, sin embargo, se contempla legislar al respecto para acabar con este vacío.

Entre los principales riesgos a consecuencia del teletrabajo se encuentran los riesgos ergonómicos; impactos psicológicos y emocionales; ansiedad y depresión; sedentarismo y como consecuencia: sobrepeso, enfermedades del corazón, diabetes, osteoporosis, presión arterial alta y colesterol, entre otras.

En la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República se analiza una iniciativa que propone incluir la modalidad de teletrabajo en todas aquellas disposiciones en que se refiera en tanto accidentes, riesgos y enfermedades de trabajo, toda vez que la persona que está bajo esta modalidad, se encuentra cumpliendo un horario laboral.

Para ello, se plantea la modificación de varios artículos de la Ley del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

El documento asegura que la pandemia de Covid-19 llevó a un gran número de organizaciones a transformar el trabajo en oficina a un teletrabajo se produjo sin tener en cuenta los requisitos en materia de salud y seguridad, que de otro modo se aplicarían en las instalaciones del empleador, con roles y responsabilidades claros para garantizar el bienestar físico y mental de los empleados.

“Los riesgos, accidentes y enfermedades del teletrabajo son distintos a los sufridos en una oficina o fábrica durante el trayecto al trabajo presencial, es necesario considerarlos en la legislación del Seguro Social y del ISSSTE para proteger a los teletrabajadores en estas nuevas condiciones.

“Es primordial para el Estado mexicano la adecuación de normas legales que tengan como finalidad brindar los mismos derechos para todas las personas trabajadoras y que las empresas implementen las medidas preventivas necesarias para proteger a sus trabajadores de sufrir riesgos, enfermedades o accidentes de teletrabajo”, destaca.

Destaca que el estrés derivado de la pandemia han afectado la salud mental de los trabajadores.

“Ante de la pandemia, 1 de cada 4 trabajadores tenía algún transtorno mental, ahora la proporción es 1 de cada 2”, revela.

La iniciativa asegura que la prevención de los accidentes, riesgso y enfermedades de teletrabajo debe ser una prioridad de salud pública, por lo que se deben regular todos aquellos aspectos de las condiciones de trabajo que tienen un efecto nocivo en la salud biopsicosocial de los trabajadores.

EL objetivo central de esta propuesta es colocar la palabra “teletrabajo” en todos aquellos artículos de la Ley del IMSS y del ISSSTE que hacen referencia a las enfermedades y accidentes de trabajo, para que esta modalidad laboral tenga una protección legal en materia de salud en el trabajo.

Noticia extraida de: https://elpulsolaboral.com.mx

Escrita por: Arturo Rivero

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