La Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México emitió el acuerdo por el que se dan a conocer los términos de referencia para la elaboración de Programas Internos de Protección Civil para construcciones con instalaciones especializadas para atención de población vulnerable.

El objetivo es establecer los parámetros para la elaboración de Programa Interno de Protección Civil (PIPC) para construcciones con instalaciones especializadas para atención de población vulnerable ubicadas en la Ciudad de México así como iniciar las acciones para el restablecimiento de sus funciones sustantivas.

Quienes están obligados son personas física o moral, representante legal, administrador, propietario o poseedor de construcciones con ese tipo de instalaciones.

Entre las obligaciones se encuentra identificar los elementos y requerimientos para la elaboración, integración e ingreso a la Plataforma Digital para ingreso del PIPC de ese tipo de construcciones y que se analice, identifique y gestione los riesgos a los que están expuestos.

Establecer las obligaciones de la persona responsable, representante legal, administradora, propietaria o poseedora de dichas construcciones.

Contar con Constancia de Seguridad Estructural del inmueble, emitido por un Corresponsable en Seguridad Estructural respecto de todas y cada una de las construcciones, siempre y cuando sea aplicable en los términos del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.

Tener Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones de la construcción con instalaciones especializadas para atención de población vulnerable, siempre y cuando sea aplicable en los términos del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.

Contar con poliza de seguro de responsabilidad civil no cancelable además de capacitar a todo el personal y a las brigadas de protección civil o brigada multituncional, implementando programas de capacitación en temas de protección civil, primeros auxilios, prevención y combate de incendios, evacuación y repliegue y comunicaciones, incluyendo aspectos de atención a personas con discapacidad y grupos de atención prioritaria, conforme a los presentes Términos de Referencia.

Además de llevar a cabo los simulacros que convoque al año la Secretaría o la Unidad de Gestión Integral de Riesgos Protección Civil de la Alcaldía, conforme a lo establecido en los presentes Términos de Referencia y la Norma Técnica en materia de simulacros.

Instalar equipo contra incendio suficiente y adecuado al riesgo de incendio en la construcción con instalaciones especializadas para atención de población vulnerable. conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 condiciones de seguridad-prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, o la que la sustituya.

Colocar las senalizaciones de conformidad con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas, disponer de instalaciones, equipos y materiales que permitan prevenir y mitigar riesgos que vulneren la integridad física y la vida de las personas que ocupan, trabajan o visitan la construcción con instalaciones especializadas para atención de población vulnerable, incluyendo aquéllas con discapacidad, de acuerdo a lo establecido en los presentes Términos de Referencia.

También se debe señalar el aforo autorizado total; asimismo, se deberá describir el número de personas que permanentemente laboran o asisten a la construcción con instalaciones especializadas para atención de población vulnerable, especificando: Aforo autorizado.

Artículo extraído de: https://www.la-prensa.com.mx

Escrito por: Hilda Escalona

Enlace del artículo original: https://tinyurl.com/22p4c3kj

Ilustración: María_Alberto / PIXABAY