La aplicación de la norma ayudará a elevar los niveles de productividad, reactivar la afectada economía a causa del Covid 19 y sobre todo, dignifica a las personas.

La Norma Oficial Mexicana-035 (NOM-035) es un parteaguas en la capacidad de respuesta de las empresas en México para cuidar la salud de sus trabajadores, por lo que su aplicación por parte de los patrones ayudará a elevar los niveles de productividad, reactivar la afectada economía a causa del Covid 19 y sobre todo, dignifica a las personas.

México es un país considerado tóxico en el ámbito laboral, debido a que un alto porcentaje de las empresas imponen a sus empleados cargas de trabajo que se extienden en horarios, lo que va en detrimento de la salud. A esto se suman otros factores como la incertidumbre sobre la hora de salida, la conexión permanente a los teléfonos celulares y las computadoras para estar pendientes a los requerimientos del negocio, al tiempo que, en ocasiones, los mismos liderazgos no transmiten con claridad las funciones ni las indicaciones.

El objetivo de la NOM-35 es elevar la calidad de vida laboral y, en consecuencia, el desempeño de cada persona trabajadora. Los alcances serían tales, que podrían incidir en el futuro -quizá de corto plazo- a disminuir el uso de los servicios de salud, cuya carga es enorme y significa un fuerte gasto público. En principio, el Síndrome de “Burnout” tendría que bajar su alta incidencia en el país.

Estudios de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) destacan que ocho de cada 10 empresas tienen un desarrollo poco propicio en su ambiente laboral, estadística por encima de países industrializados como China y Estados Unidos.

Con la NOM-035, que data del 23 de octubre de 2018, debía resolverse en mucho esta desfavorable situación laboral, pero aunque fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entró en vigor el 23 de octubre de 2019 y debía aplicarse en su integridad desde el 23 de octubre de 2020, han transcurrido casi dos años sin que la mayoría de las empresas identifique, analice y prevenga factores de riesgo psicosociales -fisiológicos, cognitivos y emocionales, y de conducta- para sus empleados.

Además, debiera quedar zanjada la controversia que generó, ya que en un principio las empresas tenían la idea de que debían someter a su personal a análisis de carácter psicológico a fin de determinar si tenían o no, enfermedades mentales y que de esto podrían ser responsables. Esto, además de equivocado, supuso un bache en la implementación de la NOM. Y cuando estaba lista para ser aplicada, vino la pandemia de SARS-CoV-2.

En este momento, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene todas las facultades legales para hacer que las empresas cumplan con la NOM-035, al ser una obligación en curso legal. Por lo tanto, es importante que consideren ponerla en práctica a fin de evitar complicaciones innecesarias. Una de ellas es de carácter económico, ya que las sanciones económicas van de 50 Unidad de Medida y Actualización (UMA) hasta cinco mil UMA, es decir, de cuatro mil 811 pesos a 481 mil 100 pesos.

Lo recomendable es que las empresas aprendan a conocer y sobre todo a implementar la NOM-035, con una asesoría legal profesional, amén de atajar los factores de riesgo psicosociales que ayudará también a disminuir la rotación de personal, que implica un costo muy importante para las organizaciones.

Por último, es importante resaltar que el Senado ya aprobó la adhesión de México al Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la eliminación de la violencia y el acoso laboral, que se adoptó el 21 de junio de 2019 en Ginebra, y seguramente en un corto plazo ratificará su adhesión a la OIT para que sea vinculante, lo que nos indica que la autoridad laboral mexicana está sentando las bases en esa dirección y la NOM-035 da herramientas invaluables para cumplir precisamente esos propósitos.

Artículo extraído de: https://www.elfinanciero.com.mx

Escrito por: Andrés Rodríguez Rodríguez

Enlace del artículo original: https://bit.ly/3kyGTwP